PASO 2019: dónde no podés estacionar si vas a votar con tu vehículo

Durante las PASO 2019 se desplegará en la Ciudad de Buenos Aires un operativo especial de tránsito y si vas a votar en auto, tené en cuenta que el Gobierno porteño prohíbe hoy (y todos los días) estacionar en zonas exclusivas de transporte público y masivo de pasajeros.
El gobierno entiende por "zonas exclusivas" las parada de transporte colectivo de pasajeros y taxis, frente a comisarías, cuerpo de bomberos y bancos. También, por supuesto, sobre línea amarilla y sobre rampa para discapacitados.
En estas elecciones hay más de diez avenidas en las que no se puede estacionar en ningún horario, ellas son: 9 de Julio, Perito Moreno, La Rábida, General Paz, Leopoldo Lugones, Intendente Cantilo, Teniente General José Luis Dellepiane, Ingeniero Huergo, Eduardo Madero, y tramos afectados por el Metrobus de las Avenidas Juan de Garay, Francisco Fernández de la Cruz, Chiclana, Brasil, Cnel. Roca, Intendente F. Rabanal, Sáenz, Sánchez de Loria, Almafuerte, Juan B. Justo, Avenida Cabildo entre Avenida General Paz y Monroe y entre Roosevelt y Santos Dumont, y Avenida San Martín entre la Avenida Mosconi y la Avenida Francisco Beiró y Avenida Rivadavia entre Argerich/Quirno y Caracas/ Membrillar. Calzadas centrales de: Leandro N. Alem, Paseo Colón y Sáenz.
Como es tradicional, no se puede estacionar junto a la acera izquierda todos los días durante las 24 horas en calles con sentido único de circulación. Sí se puede, hoy domingo, sobre ambas aceras en avenidas de un único sentido, y sobre la acera derecha en avenidas y calles de doble sentido.
Tampoco se podrá estacionar:
- En los pasajes, en toda su extensión, junto a ambas aceras.
- A menos de cincuenta metros a cada lado de los pasos ferroviarios a nivel.
- Sobre las sendas para ciclorodados (bicicletas).
- Frente a las bocas de entrada de los subterráneos.
- En el frente de la totalidad del predio donde funcionen salas velatorias.
- En los sectores de ingreso y egreso de vehículos a la vía pública.
- A menos de diez metros a cada lado de la entrada de hospitales, sanatorios, clínicas, hoteles con permiso de uso concedido que posean treinta (30) o más habitaciones y no presten servicio de albergue por horas, sedes de instituciones legalmente constituidas de personas con necesidades especiales y las conexiones para provisión de agua por camiones cisterna que se encuentren frente a los hospitales.