Nueva normativa para el botón de arrepentimiento: cómo afecta la privacidad de los usuarios a la hora de dar de baja un servicio
El Gobierno nacional implementó un nuevo protocolo para la baja de servicios, que obliga a los consumidores a confirmar su identidad. Este cambio genera inquietudes sobre la privacidad y protección de datos del usuario.

El Gobierno nacional informó cambios claves en el funcionamiento de Defensa del Consumidor. Un nuevo protocolo para dar de baja un servicio entrará en vigencia y afectará de manera fundamental la privacidad de los usuarios.
Según estipula la nueva normativa, las empresas tendrán libertad para solicitar datos a la hora de desvincularse, con el fin de verificar la identidad del usuario. Así lo informó el Poder Ejecutivo por medio de la Disposición 3/2026 publicada en el Boletín Oficial.
La medida fue tomada por el director nacional de Defensa al Consumidor y Arbitraje del Consumo, Leonardo Lepíscopo, y establece que a la hora de gestionar la baja de un servicio, el consumidor debe cumplir los pasos previstos por la empresa proveedora.

En teoría, esto no implica que los usuarios queden desprotegidos o a merced de la empresa contratada. Según informaron, la información requerida tendrá como “finalidad exclusiva la verificación de identidad y seguridad del usuario”.
Además, también sufrió cambios la normativa que regula los aspectos referidos al “Botón de Arrepentimiento”. Se introdujo una unificación normativa destinada a simplificar y actualizar los procedimientos requeridos a la hora de que los consumidores cancelen servicios contratados de forma remota.
Las autoridades argumentaron que la decisión buscaba “facilitar el conocimiento y ejercicio de esos derechos por parte de los consumidores y usuarios”, al mismo tiempo que impulsaba la simplificación de “su instrumentación por parte del sector proveedor”.
También agregaron que la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo será responsable de dictar las normas interpretativas o complementarias que resulten ser necesarias para su adecuada implementación. Por lo tanto, la regulación mantendrá un carácter dinámico y queda abierta la posibilidad de introducir ajustes que aborden situaciones no previstas en la legislación.

Nueva normativa en el botón de arrepentimiento y como afecta a los usuarios
A pesar de eso, la normativa que entrará en vigencia no representa mayores comodidades para los usuarios. Anteriormente, el proveedor no podía exigir al consumidor ningún trámite adicional ni requerir una registración previa a la hora de dar de baja un servicio.
Sin embargo, con la nueva reglamentación, las empresas podrán solicitar la información que consideren necesaria.
Las autoridades justificaron la nueva decisión bajo el pretexto de que sería “fundamental para salvaguardar la seguridad de los usuarios y la integridad de sus datos, previniendo eventuales acciones fraudulentas y asegurando que las solicitudes de baja o arrepentimiento emanen fehacientemente del consumidor interesado”.



















