
ANSES comienza este martes 25 de agosto de 2026 una nueva etapa del calendario de pagos para jubilados y pensionados. En esta instancia cobran los beneficiarios con haberes superiores a la jubilación mínima, un grupo dentro del cual algunas personas recibirán un bono proporcional de hasta $70.000.
La principal duda entre los titulares es cuánto dinero se acreditará efectivamente en sus cuentas. Esto se debe a que superar el haber mínimo no elimina automáticamente el refuerzo. El monto disminuye de manera gradual hasta llegar al límite establecido para agosto.
Con el aumento del 1,89% aplicado durante agosto, el haber mínimo previsional quedó fijado en $419.775,93. Al sumarle el bono máximo de $70.000, el ingreso total de referencia alcanza los $489.775,93. Esa cifra es la clave para calcular quién recibe el refuerzo completo, quién obtiene una suma proporcional y quién queda fuera del beneficio.
Cómo se calcula el bono proporcional de ANSES
El mecanismo utilizado para determinar el refuerzo es sencillo. La suma del haber previsional y el bono no puede superar los $489.775,93 durante agosto de 2026.

Quienes perciben un ingreso igual o inferior a la jubilación mínima tienen derecho al bono completo de $70.000. En cambio, si el haber supera los $419.775,93 pero permanece por debajo del tope de $489.775,93, ANSES paga solamente la diferencia necesaria para llegar a ese límite.
La fórmula práctica es la siguiente:
Bono proporcional = $489.775,93 menos el total de haberes previsionales
Por ejemplo, una persona que cobra $440.000 debe realizar esta cuenta:
$489.775,93 - $440.000 = $49.775,93
En ese caso, el jubilado recibirá un bono de $49.775,93. El ingreso total, una vez incorporado el refuerzo, llegará a $489.775,93.
Es importante considerar que el cálculo se realiza sobre la suma de las prestaciones vigentes del titular. Por lo tanto, si una persona recibe más de un beneficio previsional, no debe analizar cada ingreso de forma separada.
Tabla de ejemplos: cuánto cobra cada jubilado
Para comprender con mayor facilidad el sistema, estos son algunos ejemplos aproximados:
- Haber de $419.775,93: bono completo de $70.000.
- Haber de $425.000: bono proporcional de $64.775,93.
- Haber de $430.000: bono proporcional de $59.775,93.
- Haber de $440.000: bono proporcional de $49.775,93.
- Haber de $450.000: bono proporcional de $39.775,93.
- Haber de $460.000: bono proporcional de $29.775,93.
- Haber de $480.000: bono proporcional de $9.775,93.
- Haber de $489.775,93 o superior: no corresponde el bono.
De esta manera, el valor del refuerzo disminuye a medida que aumenta el haber. Cuando los ingresos previsionales alcanzan o superan el límite de $489.775,93, la persona deja de estar comprendida dentro del pago extraordinario.
Quiénes pueden recibir el bono extraordinario
El beneficio no está limitado exclusivamente a los jubilados del régimen general. El Decreto 686/2026 estableció un bono extraordinario de hasta $70.000 para diferentes grupos cuyos pagos se encuentran a cargo de ANSES. La prestación correspondiente debe estar vigente durante el mes de liquidación.
Entre los beneficiarios incluidos se encuentran:
- Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- Beneficiarios de Pensiones No Contributivas por vejez o invalidez.
- Madres de siete hijos o más que cobran una pensión no contributiva.
- Titulares de otras pensiones no contributivas y graciables abonadas por ANSES.
En el caso de las pensiones con varios copartícipes, el beneficio es considerado como perteneciente a un solo titular a los efectos de determinar el derecho al refuerzo. Además, el bono tiene carácter no remunerativo, no está sujeto a descuentos y no se utiliza para calcular otros conceptos previsionales.
Cuándo cobran los jubilados que superan la mínima
El calendario de agosto para los jubilados y pensionados con haberes superiores a la mínima comienza el martes 25 de agosto de 2026. Las acreditaciones se realizan de acuerdo con el último número del DNI.
Las fechas establecidas son:
- DNI terminados en 0 y 1: martes 25 de agosto.
- DNI terminados en 2 y 3: miércoles 26 de agosto.
- DNI terminados en 4 y 5: jueves 27 de agosto.
- DNI terminados en 6 y 7: viernes 28 de agosto.
- DNI terminados en 8 y 9: lunes 31 de agosto.
Dentro de este cronograma están incluidos tanto quienes cobran el bono proporcional como quienes no reciben el adicional por superar el límite. Por ese motivo, pertenecer al calendario de haberes superiores a la mínima no permite determinar, por sí solo, si habrá refuerzo.
¿Hay que hacer un trámite para cobrar el bono?
No es necesario completar una inscripción, presentar documentación ni solicitar un turno. Si el beneficiario reúne las condiciones previstas, ANSES liquida el bono automáticamente junto con la prestación mensual.

El depósito se realiza en la misma cuenta bancaria utilizada habitualmente para cobrar la jubilación o pensión. Ante cualquier diferencia, es conveniente revisar el recibo de haberes antes de iniciar un reclamo.
Cómo consultar el recibo y el monto depositado
Los titulares pueden ingresar a Mi ANSES con su número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Dentro de la plataforma es posible verificar la fecha y el lugar de cobro, consultar el detalle de la liquidación y revisar si fue agregado el refuerzo extraordinario.
Para calcular el monto antes de la acreditación, se debe sumar la totalidad de los haberes previsionales y compararla con los $489.775,93. Si el resultado queda entre la mínima y ese límite, la diferencia será el bono proporcional estimado.
La clave para saber si corresponde el refuerzo
El dato decisivo no es únicamente si el jubilado cobra más que la mínima. La verdadera condición es que la suma de sus prestaciones permanezca por debajo de $489.775,93.
En resumen, quien cobra hasta el haber mínimo recibe $70.000 completos; quien supera la mínima pero no llega al tope obtiene un pago proporcional; y quien alcanza o supera el límite no cobra el bono.


















