
El calendario de pagos de ANSES entra en una etapa decisiva desde el martes 25 de agosto de 2026. A partir de esa fecha comenzarán a cobrar los jubilados y pensionados con haberes superiores a la mínima, un grupo para el cual el bono extraordinario no siempre será de $70.000. En numerosos casos, el refuerzo se acreditará de manera proporcional y algunos beneficiarios directamente no lo recibirán.
La diferencia dependerá del ingreso previsional de cada titular. Para agosto, el haber mínimo fue establecido en $419.775,93, mientras que el bono tiene un valor máximo de $70.000. Esto genera un límite total de $489.775,93 entre la prestación mensual y el refuerzo.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 686/2026, publicado en el Boletín Oficial. La normativa dispone que quienes perciben un ingreso igual o inferior al haber mínimo cobran el bono completo. En cambio, los titulares que superan la mínima reciben solamente la cantidad necesaria para alcanzar el límite mensual establecido.
Qué cambia en el bono de ANSES desde el 25 de agosto
El bono no modifica su valor máximo, que continúa siendo de $70.000. Lo que cambia para quienes cobran desde el 25 de agosto es el importe que efectivamente verán depositado, debido a que ese día empieza el cronograma correspondiente a jubilaciones y pensiones superiores al haber mínimo.

En este segmento, el refuerzo se reduce a medida que aumenta el haber mensual. ANSES calcula la diferencia entre lo que cobra el beneficiario y el techo de $489.775,93. Si el haber ya alcanza o supera ese valor, no corresponde ningún adicional.
Por lo tanto, no se trata de una reducción general del bono ni de una modificación introducida exclusivamente el 25 de agosto. Se trata de la aplicación del esquema proporcional entre los beneficiarios con haberes superiores, cuyo calendario comienza durante la última semana del mes.
Cómo se calcula el bono proporcional para jubilados
La cuenta puede realizarse mediante una fórmula sencilla:
$489.775,93 menos el haber mensual = bono proporcional
Por ejemplo, una persona que cobra $430.000 recibirá un refuerzo aproximado de $59.775,93. Su ingreso final llegará así al límite de $489.775,93.
Otros ejemplos permiten comprender el mecanismo:
- Con un haber de $440.000, el bono será de $49.775,93.
- Con un haber de $450.000, corresponderán $39.775,93.
- Con una jubilación de $470.000, el adicional será de $19.775,93.
- Con un ingreso de $480.000, el refuerzo quedará en $9.775,93.
- Con un haber de $489.775,93 o más, no se cobrará el bono.
Este mecanismo busca garantizar un mismo tope de ingresos para quienes se encuentran en la franja inmediatamente superior al haber mínimo. El decreto establece, además, que el cálculo debe considerar la suma de todas las prestaciones vigentes que tenga el titular.
Quiénes cobran los $70.000 completos en agosto
Los jubilados y pensionados que perciben hasta el haber mínimo acceden al monto completo del bono. Con la actualización de agosto, ese grupo alcanza un ingreso total de $489.775,93, compuesto por la prestación de $419.775,93 y el refuerzo extraordinario de $70.000.

El beneficio también comprende a titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, conocida como PUAM, y de diferentes Pensiones No Contributivas, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas para cada prestación.
La PUAM quedó fijada en $335.820,74 durante agosto. Con el bono completo, sus beneficiarios alcanzan un ingreso aproximado de $405.820,74. Por su parte, las Pensiones No Contributivas por vejez e invalidez se ubican alrededor de $293.843,15 antes de incorporar el adicional.
Qué jubilados quedan afuera del bono de ANSES
Los jubilados y pensionados cuyos haberes sean iguales o superiores a $489.775,93 no reciben el refuerzo extraordinario. La razón es que ya alcanzan el techo definido por la suma de la jubilación mínima y el monto máximo del bono.
Tampoco corresponde sumar $70.000 completos a una prestación que supera el haber mínimo. En esas situaciones, el organismo liquida únicamente la diferencia correspondiente o, cuando se supera el límite, no incorpora ningún refuerzo.
El haber máximo de agosto, por ejemplo, fue determinado en $2.824.694,49. Debido a que ese importe se encuentra ampliamente por encima del límite, quienes perciben la jubilación máxima no acceden al bono previsional.
Calendario de ANSES desde el martes 25 de agosto
Los pagos para quienes cobran haberes superiores a la jubilación mínima se realizarán según la terminación del DNI. El cronograma comienza el martes 25 de agosto y se extiende hasta el lunes 31.
Las fechas informadas son las siguientes:
- DNI terminados en 0 y 1: martes 25 de agosto.
- DNI terminados en 2 y 3: miércoles 26 de agosto.
- DNI terminados en 4 y 5: jueves 27 de agosto.
- DNI terminados en 6 y 7: viernes 28 de agosto.
- DNI terminados en 8 y 9: lunes 31 de agosto.
Dentro de este calendario se encuentran tanto los titulares que recibirán un bono proporcional como aquellos que no tendrán el refuerzo por superar el límite mensual.
¿Hay que hacer un trámite para recibir el bono?
No es necesario inscribirse ni presentar una solicitud. El bono se liquida junto con la jubilación o pensión y se acredita en la misma cuenta bancaria utilizada habitualmente para cobrar la prestación.
Para revisar el monto exacto, el recibo de haberes y la fecha de acreditación, los beneficiarios pueden ingresar en Mi ANSES con su CUIL y la Clave de la Seguridad Social. También es recomendable comprobar que los datos personales y bancarios se encuentren actualizados.
El Decreto 686/2026 aclara que el bono es no remunerativo, no está sujeto a descuentos y no se computa para otros conceptos. Además, la prestación previsional debe encontrarse vigente en el mes de liquidación.
La clave que deben revisar los jubilados antes de cobrar
La información más importante es que no todos los jubilados recibirán $70.000. El monto final dependerá del haber de agosto y del límite de $489.775,93.
Quienes cobran la mínima tendrán el refuerzo completo. Los beneficiarios ubicados entre $419.775,93 y $489.775,93 accederán a un bono proporcional. Los que igualen o superen el techo quedarán fuera del pago extraordinario.
Antes de la fecha asignada, conviene consultar la liquidación en los canales oficiales de ANSES. Esto permitirá conocer el importe exacto y evitar confusiones frente a un depósito inferior a los $70.000 anunciados.



















