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Bono para jubilados en septiembre 2026: cuánto paga ANSES y quiénes lo cobran completo

Los jubilados y pensionados recibirán sus haberes de septiembre con aumento. Los beneficiarios de menores ingresos podrán acceder, además, al bono previsional completo o proporcional.

ANSES jubilados
ANSES jubilados Foto: ANSES
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Los jubilados y pensionados que dependen de la Administración Nacional de la Seguridad Social tendrán novedades importantes durante septiembre de 2026. Además de la actualización mensual de los haberes, los beneficiarios con ingresos más bajos podrán recibir un bono extraordinario de hasta $70.000.

El refuerzo no se pagará de la misma manera en todos los casos. Mientras los titulares de la jubilación mínima podrán cobrarlo completo, otras personas recibirán una suma proporcional. Quienes superen el límite establecido no accederán al adicional.

Los haberes previsionales tendrán una actualización vinculada con la inflación de julio de 2026, que fue del 2,1%, según el Índice de Precios al Consumidor publicado por el INDEC. La movilidad mensual toma como referencia la variación de precios informada por el organismo estadístico.

Cuánto cobrarán los jubilados de ANSES en septiembre de 2026

Con la actualización correspondiente al noveno mes del año, el haber mínimo se ubicará en aproximadamente $428.633,20. Al sumar el bono completo de $70.000, el ingreso bruto de quienes cobran la mínima llegará a $498.633,20.

ANSES: cuánto se cobrará la PNC en septiembre de 2026
ANSES: cuánto se cobrará la PNC en septiembre de 2026 Foto: ANSES

Por su parte, el haber máximo previsional se actualizará a cerca de $2.884.295,54. Los titulares de esta categoría no cobrarán el refuerzo porque sus ingresos se encuentran por encima del límite fijado para recibirlo.

Los importes informados son valores brutos. Esto significa que el monto finalmente depositado puede presentar diferencias por descuentos de obra social, cuotas de créditos anteriores u otros conceptos aplicables a cada beneficiario.

Quiénes cobran el bono completo de $70.000

El pago completo estará dirigido principalmente a los jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo. También alcanza a beneficiarios de prestaciones previsionales y asistenciales comprendidas en la normativa del refuerzo.

Entre los grupos contemplados se encuentran:

  • Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino.
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • Beneficiarios de determinadas Pensiones No Contributivas.
  • Titulares de pensiones para madres de siete hijos o más.
  • Beneficiarios de otras pensiones comprendidas en el esquema oficial.

La regulación de los bonos previsionales incluye a los sectores de menores ingresos del SIPA, la PUAM y distintas prestaciones no contributivas.

Cómo funciona el bono proporcional para jubilados

No todos los beneficiarios recibirán exactamente $70.000. Quienes cobren un haber superior a la jubilación mínima, pero inferior al ingreso total garantizado de $498.633,20, accederán a un bono proporcional.

El objetivo de este sistema es completar la diferencia hasta llegar al límite mensual establecido. Por ejemplo, si una persona tiene un haber bruto de $448.633,20, podría recibir un refuerzo de $50.000. De esa manera, su ingreso alcanzaría los $498.633,20.

Jubilados bono
Jubilados bono Foto: ANSES

En cambio, quienes ya cobren un haber igual o superior a ese tope no recibirán el bono extraordinario y percibirán únicamente su prestación actualizada.

¿Hay que inscribirse para cobrar el bono de ANSES?

Los beneficiarios alcanzados no necesitan completar una inscripción ni solicitar un turno. El bono se incluye automáticamente en la liquidación y se acredita en la misma cuenta bancaria utilizada para cobrar la jubilación o la pensión.

Tampoco es necesario contratar gestores o intermediarios. Para prevenir inconvenientes, se recomienda revisar que los datos personales y bancarios estén actualizados en los canales oficiales de ANSES.

Ante mensajes que soliciten claves, códigos de seguridad o transferencias para habilitar el beneficio, es importante no brindar información. ANSES no exige pagos para acreditar un bono previsional.

Calendario de pago para jubilados de la mínima en septiembre

Los jubilados y pensionados cuyos haberes no superen el mínimo cobrarán de acuerdo con la terminación del DNI. El cronograma previsto es el siguiente:

  • DNI terminado en 0: martes 8 de septiembre.
  • DNI terminado en 1: miércoles 9 de septiembre.
  • DNI terminado en 2: jueves 10 de septiembre.
  • DNI terminado en 3: viernes 11 de septiembre.
  • DNI terminado en 4: lunes 14 de septiembre.
  • DNI terminado en 5: martes 15 de septiembre.
  • DNI terminado en 6: miércoles 16 de septiembre.
  • DNI terminado en 7: jueves 17 de septiembre.
  • DNI terminado en 8: viernes 18 de septiembre.
  • DNI terminado en 9: lunes 21 de septiembre.

El calendario anual correspondiente a 2026 fue establecido mediante la Resolución 349/2025, con fechas diferenciadas según el monto del haber y la terminación del documento.

Cuándo cobran los jubilados con haberes superiores

Después de finalizar el pago correspondiente al primer grupo, ANSES continuará con los beneficiarios cuyos haberes superan el límite mínimo:

  • DNI terminados en 0 y 1: martes 22 de septiembre.
  • DNI terminados en 2 y 3: miércoles 23 de septiembre.
  • DNI terminados en 4 y 5: jueves 24 de septiembre.
  • DNI terminados en 6 y 7: viernes 25 de septiembre.
  • DNI terminados en 8 y 9: lunes 28 de septiembre.

Cómo consultar la fecha y el monto definitivo

Para verificar la liquidación, los beneficiarios pueden ingresar a Mi ANSES con su CUIL y Clave de la Seguridad Social. Dentro de la plataforma deberán buscar la sección de jubilaciones, pensiones o cobros.

También es posible consultar la fecha de acreditación a través del calendario oficial de pagos. Antes de realizar una operación bancaria o trasladarse hasta una sucursal, conviene revisar el recibo previsional para conocer el haber actualizado, el bono asignado y los descuentos aplicados.

El monto del refuerzo dependerá del ingreso de cada titular: será completo para quienes cobran la mínima, proporcional para los haberes intermedios y no corresponderá cuando se supere el tope mensual establecido.

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