
La investigación por el atentado contra la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) entró en una etapa que podría conducir al primer juicio en ausencia de la historia judicial argentina. Tras más de tres décadas sin un debate oral contra los principales acusados, dos decisiones recientes despejaron una parte importante del camino, aunque todavía faltan varias instancias procesales.
Por un lado, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal declaró constitucional la utilización de este mecanismo en el expediente. Por otro, el juez federal Daniel Rafecas procesó a siete ciudadanos iraníes y uno libanés, señalados por la investigación como responsables de organizar, facilitar o ejecutar el ataque cometido el 18 de julio de 1994.
La apelación que podría llegar a la Cámara Federal
El primer paso pendiente es conocer si la defensa oficial apelará los procesamientos. Si esa presentación se concreta, la Cámara Federal deberá revisar la resolución de más de 600 páginas firmada por Daniel Rafecas y decidir si confirma, modifica o revoca las medidas adoptadas.
El magistrado también fijó embargos por USD 500 millones para cada acusado. La medida busca garantizar una eventual reparación económica, pero no representa una condena ni supone que esos bienes hayan sido efectivamente localizados. Los procesamientos establecen que existen elementos suficientes para que la investigación continúe hacia una etapa de juicio.
Una vez resueltas las apelaciones, el expediente quedará nuevamente a disposición de la Unidad Fiscal de Investigación del atentado a la AMIA, las querellas y la defensa. La fiscalía y los representantes de las víctimas podrán entonces presentar sus requerimientos de elevación a juicio. Después deberá sortearse o designarse el tribunal oral encargado del debate.
Quiénes son los ocho procesados
Cuatro de los acusados fueron procesados como presuntos autores mediatos: Alí Fallahijan, exministro de Inteligencia iraní; Alí Velayati, exministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, excomandante de la Guardia Revolucionaria, y Ahmad Vahidi, vinculado con la fuerza Al Quds.
Como presuntos cómplices necesarios aparecen Hadi Soleimanpour, exembajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, quien fue consejero cultural de la embajada iraní, y Ahmad Asghari, señalado como exagente de inteligencia. El ciudadano libanés Salman Raouf Salman está acusado de haber coordinado la fase final del atentado. Todos permanecen fuera del alcance de la Justicia argentina.
Fuentes judiciales también anticiparon que se incorporaría a Alí Asghar Hejazi, señalado por su presunta participación en los preparativos y en la determinación de la fecha del ataque. Si esa imputación avanza, el eventual juicio podría alcanzar a un total de nueve acusados.
Cómo funcionaría el juicio en ausencia
La modalidad permite realizar un proceso oral aunque los acusados permanezcan prófugos o se sustraigan deliberadamente de la actuación judicial. Los imputados deben contar con una defensa técnica que pueda examinar pruebas, presentar planteos e interponer recursos durante todo el procedimiento.
La defensa había cuestionado la constitucionalidad del sistema y las condiciones bajo las cuales una persona condenada en ausencia podría pedir un nuevo juicio si posteriormente se presenta. Casación consideró que esa discusión era prematura porque todavía no existe una condena ni ocurrió la comparecencia de ninguno de los acusados.
El tribunal también valoró las notificaciones diplomáticas, las alertas de Interpol y la repercusión internacional del caso para sostener que los imputados conocen la existencia del proceso. Esta conclusión resulta central para establecer que no se encuentran ausentes por desconocimiento, sino porque permanecen fuera de la jurisdicción argentina.
Una causa que todavía no tiene fecha de juicio
Pese a los avances, todavía no existe una fecha para el comienzo de las audiencias. Antes deben quedar firmes los procesamientos, completarse la elevación y definirse qué tribunal oral recibirá el expediente. Cada una de esas etapas puede generar nuevos planteos y revisiones.
El atentado contra la sede de la AMIA, ubicada en Pasteur 633, dejó 85 personas muertas y 151 heridas. La Justicia argentina lo calificó como un crimen de lesa humanidad y un acto de genocidio, por lo que su investigación no prescribe.
La habilitación del juicio en ausencia no determina la responsabilidad penal de los acusados. Esa cuestión deberá discutirse durante el debate, con la presentación y revisión de las pruebas. El cambio principal es que la permanencia de los imputados fuera del país ya no impediría que el proceso avance hacia una sentencia.



















