La Cámara Electoral declaró nulo el DNU que transfería el trámite de ciudadanía argentina a Migraciones

El tribunal consideró que el Presidente se excedió en sus atribuciones constitucionales. Además, aseguró que dicho DNU no acredita una urgencia que habilitara evitar el debate en el Congreso.

Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Daniel Bejas, jueces de la Cámara Nacional Electoral.
Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Daniel Bejas, jueces de la Cámara Nacional Electoral. Foto: CNE
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En un fallo de impacto institucional, la Cámara Nacional Electoral declaró nulo del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 366/2025 del Gobierno de Javier Milei que transfería la competencia para otorgar la ciudadanía argentina a la Dirección Nacional de Migraciones, un órgano dependiente del Ministerio de Seguridad.

El tribunal consideró que el Presidente se excedió en sus atribuciones constitucionales al avanzar sobre facultades que le corresponden exclusivamente al Poder Legislativo.

La resolución de la Cámara se basó en dos ejes centrales que fulminan la legalidad del decreto. En concreto, habla de invasión en materia electoral. Porque los jueces recordaron que otorgar la ciudadanía está directamente ligado a la adquisición de los derechos políticos (como el voto). La Constitución Nacional, en su artículo 99 inciso 3°, prohíbe de forma expresa y “bajo pena de nulidad absoluta e insanable” que el Poder Ejecutivo dicte DNUs que regulen la materia electoral.

Cámara Nacional Electoral
Cámara Nacional Electoral

A su vez, marca una falta de urgencia real: el tribunal desmontó los argumentos del Gobierno al señalar que no existían razones de “rigurosa excepcionalidad” que impidieran que este cambio de leyes se discutiera de manera ordinaria en el Congreso de la Nación.

El tribunal recordó además la doctrina consolidada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el alcance de los decretos de necesidad y urgencia.

“Los tribunales deben resguardar el principio de jerarquía normativa”, explicaron los magistrados, argumentando que la Justicia tiene la obligación de hacer valer las leyes por encima de cualquier decreto que intente modificarlas sin cumplir con los requisitos de la Carta Magna.

El presidente Javier Milei emitió su voto. Foto: prensa.

Tras declarar la invalidez de la norma, la CNE ordenó revocar un fallo de primera instancia que le había negado la ciudadanía a un solicitante bajo el paraguas del polémico DNU.

El fallo tiene vinculación con el caso Liping Yang, un ciudadano chino cuya solicitud de carta de ciudadanía había sido rechazada por el juez federal con competencia electoral de Entre Ríos.

Además, informó que se notificó formalmente al Ministerio de Seguridad de la Nación para que instruya a la Dirección Nacional de Migraciones a dar marcha atrás con la medida.

Ley de Migraciones- inmigrantes - extranjeros
Ley de Migraciones- inmigrantes - extranjeros

Por último, la resolución fue enviada a todos los jueces federales con competencia electoral del país para unificar el criterio: a partir de ahora, el otorgamiento de la ciudadanía argentina vuelve a ser una facultad estrictamente judicial.