Hay cuestiones se deben tener en cuenta a la hora de calcular las retenciones con respecto al pago mensual.
Por Canal26
Sábado 30 de Diciembre de 2023 - 19:06
Cientos de miles de trabajadores siguen pagando el impuesto a las ganancias con la rebaja, a pesar de que el Gobierno argentino anunció cambios que se cobrarían retroactivamente.
En este marco, la AFIP confirmó que, a partir del 1° de enero, los empleadores deben liquidar los sueldos de las personas que están contratadas en relación de dependencia de acuerdo a la nueva ley de Ganancias emitida durante la administración anterior que exime del pago de ese impuesto a los que ganan menos de 15 Salarios Mínimos (SMVM), es decir, menos de $ 2.340.000 brutos.
Por ende, hasta que no incluyan el tratamiento de una nueva escala de impuestos a las ganancias, las categorías actuales se mantienen. Sin embargo, si desde el Gobierno deciden realizar algún cambio este será retroactivo. Por ejemplo, en enero se pagará lo que se debe de meses anteriores, según la nueva disposición.
Si bien el impuesto a las ganancias se calcula anualmente: a lo largo del año se hacen retenciones sobre los haberes percibidos, que son observados en diciembre. Por este motivo, se puede ver muchas veces una variación mensual de las retenciones por distintos aspectos que impactan en el cálculo.
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