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ARCA prorrogó el Impuesto a las Ganancias: cuál es la nueva fecha y qué pasa si no se presenta la declaración jurada

La prórroga alcanza tanto a los contribuyentes incluidos en el régimen general como a quienes optaron por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Todos los detalles.

Trámites en ARCA
Trámites en ARCA Foto: ARCA
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Mediante la Resolución General 5890/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo fijó como nueva fecha límite el 22 de septiembre de 2026.

La prórroga alcanza tanto a los contribuyentes incluidos en el régimen general como a quienes optaron por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

En tanto, la nueva fecha reemplaza el vencimiento del 27 de agosto establecido anteriormente. Sin embargo, cabe señalar que la modificación comprende únicamente la presentación de la declaración jurada. El plazo para ingresar el saldo resultante no cambió y venció el 27 de julio de 2026.

De esta manera, ambas obligaciones quedaron separadas: el pago debía efectuarse en julio, mientras que la presentación podrá completarse hasta el 22 de septiembre. Según explicó ARCA, la decisión responde a “razones de administración tributaria” y busca facilitar el cumplimiento de los contribuyentes.

ARCA prorrogó el Impuesto a las Ganancias. Foto: Foto generada con IA

Los cambios en el calendario de Ganancias

El cronograma ya había sufrido varias modificaciones. En una primera etapa, ARCA llevó hasta el 27 de julio el plazo para presentar las declaraciones juradas y pagar los saldos correspondientes. Posteriormente, concedió una extensión hasta el 27 de agosto exclusivamente para la presentación de Ganancias de 2025, sin alterar la fecha de pago.

La resolución también modificó una obligación relacionada con el ejercicio fiscal en curso. El organismo postergó hasta el 24 de septiembre de 2026 el vencimiento del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período 2026, cuyo pago estaba previsto inicialmente para agosto.

Qué pasa con Bienes Personales

La medida no introdujo modificaciones en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Tanto la presentación de la declaración jurada como el ingreso del eventual saldo del período fiscal 2025 conservaron como fecha límite el 27 de julio de 2026.

Con los cambios establecidos, el calendario de ARCA tendrá dos fechas relevantes en septiembre:

  • Martes 22 de septiembre: vencimiento para presentar la declaración jurada de Ganancias de 2025.
  • Jueves 24 de septiembre: fecha límite para pagar el primer anticipo de Ganancias correspondiente a 2026.

La Resolución General 5890/2026 lleva la firma del director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, y entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.

Trámites para el monotributo
ARCA prorrogó el Impuesto a las Ganancias. Foto: Prensa ARCA

¿Qué pasa si presento a tiempo la declaración jurada?

Si la declaración jurada de Ganancias 2025 no se presenta antes del 22 de septiembre de 2026, ARCA puede registrar el incumplimiento, enviar una intimación al domicilio fiscal electrónico e iniciar un sumario por presentación tardía o falta de presentación. Si el contribuyente no regulariza la situación dentro del plazo otorgado, el organismo puede avanzar con otras acciones administrativas y judiciales.

La presentación fuera de término también puede derivar en una multa por incumplimiento formal. Además, si existe un saldo impago desde el vencimiento del 27 de julio de 2026, se aplicarán intereses hasta su cancelación, ya que la prórroga solo alcanzó la declaración jurada y no modificó la fecha de pago. Para evitar mayores consecuencias, conviene presentar cuanto antes, revisar las notificaciones de ARCA y consultar con un contador si ya existe una intimación.

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