
Los jubilados y pensionados que tienen a sus nietos a cargo pueden solicitar ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) el cambio de titularidad de una asignación. Para realizar la gestión existe un procedimiento denominado Adenda 63, destinado a reconocer quién ejerce efectivamente el cuidado de un niño o adolescente.
Esta herramienta permite modificar el vínculo registrado en la base de datos de ANSES cuando el menor no se encuentra bajo el cuidado de uno o de ninguno de sus progenitores. De esta manera, un abuelo, una abuela, otro familiar o incluso un referente afectivo puede acceder a la AUH o a una asignación familiar, siempre que cumpla las condiciones previstas por la normativa.
Qué es la Adenda 63 y para qué sirve
La Adenda 63 es un trámite gratuito que permite informar quién está verdaderamente a cargo del cuidado de un niño o adolescente. Su objetivo es que las asignaciones sean liquidadas al adulto responsable, en lugar de continuar siendo cobradas por una persona que ya no convive con el menor o no se ocupa de su cuidado cotidiano.
El procedimiento surgió de un acuerdo entre el Ministerio de Capital Humano y ANSES. Comprende prestaciones contempladas en la Ley 24.714, entre ellas la Asignación Universal por Hijo (AUH) y las asignaciones familiares por hijo, de acuerdo con la situación socioeconómica y previsional del adulto responsable.
Por lo tanto, no existe una prestación independiente llamada “asignación por nieto”, sino que lo que puede hacer el abuelo o la abuela es pedir que se registre la situación real de cuidado y, en caso de reunir los requisitos, solicitar el cobro de la prestación correspondiente.

Qué jubilados pueden cobrar una asignación por sus nietos
El trámite puede ser iniciado por una persona adulta que tenga efectivamente a su cargo a un niño o adolescente. Esto incluye a abuelos jubilados o pensionados, tíos, hermanos mayores, otros parientes y referentes afectivos que convivan con el menor y se ocupen de su cuidado.
La prestación mensual comprende a niños y adolescentes de hasta 18 años. Cuando se trata de una persona con discapacidad, no existe un límite de edad para solicitar el cambio de titularidad, aunque posteriormente se evalúa qué prestación corresponde y si se cumplen sus requisitos.
La Adenda 63 puede utilizarse, por ejemplo, cuando:
- El nieto vive con sus abuelos y está bajo su cuidado.
- La asignación continúa siendo percibida por uno de los progenitores.
- Los padres no conviven con el niño o adolescente.
- Uno de los progenitores desconoce el paradero del otro.
- Existe una separación de hecho, separación legal o divorcio.
- El menor está a cargo de otro pariente o de un referente afectivo.
Cuáles son los requisitos para realizar la Adenda 63
Para iniciar el cambio de titularidad, el adulto responsable deberá presentar original y copia de su DNI. También tendrá que llevar el DNI y la partida de nacimiento del niño o adolescente que se encuentra bajo su cuidado.
Un requisito central es que el documento del adulto y el del menor tengan consignado el mismo domicilio. Esta coincidencia permite acreditar que el centro de vida del niño o adolescente se encuentra en el hogar de la persona que solicita cobrar la asignación.
Si el solicitante es un abuelo, tío o hermano mayor, también deberá presentar la documentación que demuestre el parentesco. En el caso de un referente afectivo, será necesario aportar pruebas del vínculo y de la situación de cuidado invocada.
Además, los equipos técnicos pueden solicitar documentación adicional según cada situación familiar. El objetivo es determinar si el adulto solicitante convive con el menor y se encuentra realmente a cargo de sus necesidades cotidianas.
Guía paso a paso para gestionar la Adenda 63 y solicitar el cobro
1. Ubicación del punto de atención
Para iniciar la confección de la Adenda 63, la persona interesada debe acudir a:
- Una sede con equipos técnicos de la Subsecretaría de Políticas Familiares.
- Un organismo provincial de niñez habilitado.
Tip de orientación: Se puede consultar en cualquier oficina de ANSES para ubicar el centro de atención habilitado más cercano.
2. Entrevistas y generación de documentación
Durante el procedimiento, el personal especializado realizará entrevistas presenciales y efectuarán el análisis de la documentación. Si se acredita la situación de cuidado, se redactarán tres comprobantes:
- Nota de elevación
- Declaración jurada
- Informe de reconversión
3. Registro del vínculo y evaluación en ANSES
Con la Adenda 63 finalizada, el adulto a cargo debe presentarse en ANSES acompañado de:
- Los DNI correspondientes.
- Las partidas de nacimiento respectivas.
El organismo asentará el nuevo vínculo en el sistema y determinará si corresponde la liquidación de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o de una asignación familiar.
¿La aprobación de la Adenda 63 garantiza el cobro?
El aval del cambio de vínculo no asegura automáticamente la percepción de la asignación. La liquidación definitiva está condicionada por los siguientes factores:
- Normativa vigente: Cumplimiento de las exigencias fijadas en la Ley 24.714.
- Situación económica: Análisis de los ingresos del grupo familiar.
- Estatus ocupacional: Condición laboral o previsional de las personas involucradas.
Obligación de actualización y costo:
- Cambios en la guarda: Si con posterioridad se otorga el cuidado personal, la guarda, la tutela o la curatela, es obligatorio actualizar dicha novedad ante ANSES.
- Trámite gratuito: La totalidad del proceso de la Adenda 63 es 100% libre de costos.




















