
La Justicia bonaerense revocó el fallo que había suspendido durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. De esta manera, la medida cautelar que había frenado su implementación quedó sin efecto.
La decisión modificó el escenario que se había generado días atrás, cuando la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, había hecho lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo y dispuesto la suspensión de la Ley 27.801.
El fallo de Pascual había sido dictado pocos días después de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil y establecía una suspensión preventiva por 60 días en todo el territorio bonaerense.
La magistrada había fundamentado su decisión en las condiciones de infraestructura y recursos del sistema provincial de alojamiento para adolescentes. En particular, había advertido sobre la capacidad de los centros socioeducativos ante la incorporación de adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal.
La nueva legislación establece un régimen específico para adolescentes y reduce de 16 a 14 años la edad a partir de la cual pueden quedar alcanzados por el sistema penal en determinados delitos.
La resolución también había previsto una audiencia para este miércoles 16 de septiembre, en la que funcionarios bonaerenses debían informar sobre las medidas adoptadas y proyectadas para adecuar el sistema a las exigencias de la nueva normativa.

Qué cambia con la revocación del fallo
Con la revocación del fallo, la suspensión preventiva que había dispuesto la jueza Pascual deja de tener efecto. De esta manera, la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil volvió a quedar habilitada en la provincia de Buenos Aires.
La decisión representó un giro respecto del escenario que regía desde el 7 de septiembre, cuando la Justicia había frenado temporalmente la implementación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense.
El nuevo régimen establece distintas medidas y sanciones para adolescentes alcanzados por la normativa, contempla penas alternativas a la privación de la libertad y prohíbe la prisión perpetua para menores de edad. La pena máxima prevista es de 15 años de prisión para los casos más graves.

















