Lo establece una Resolución Conjunta de los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Por Canal26
Viernes 9 de Abril de 2021 - 10:36
Teletrabajo, home office.
El Gobierno nacional estableció este viernes que los empleadores podrán convocar a retornar a la actividad laboral presencial a los trabajadores, incluidos los dispensados, que hubieren recibido la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el coronavirus.
La decisión fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución Conjunta 4/2021, de los ministerios de Salud; y Empleo y Seguridad Social, con la firma de los titulares de esas carteras; Carla Vizzotti y Claudio Moroni, respectivamente.
Los trabajadores y trabajadoras podrán ser convocados "independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación", agrega el texto.
Por el momento, el gobierno recomienda promover en las actividades que así lo permitan el teletrabajo, con el fin de reducir la circulación de personas frente al avance de la segunda ola de coronavirus.
En su articulado, la norma publicada en el Boletín Oficial aclara que quienes "tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras".
La Resolución Conjunta incluye al segmento considerado a),b) y c), entre los que se encuentran trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad, trabajadoras embarazadas, trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo.
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