El Gobierno oficializó que avanza en un préstamo de bancos por US$ 5.000 millones

La medida busca reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional mediante préstamos con entidades financieras internacionales que contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito. El Poder Ejecutivo formalizó la decisión a través del Boletín Oficial.

Luis Caputo
Luis Caputo Foto: Foto: Agencia NA / Claudio Fanchi
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El Gobierno aprobó este lunes la realización de operaciones de financiamiento por hasta US$ 5.000 millones con entidades financieras internacionales mediante el Decreto 478/2026 publicado en el Boletín Oficial.

La medida busca reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional mediante préstamos con entidades financieras internacionales que contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.

Javier Milei y Luis Caputo.
Javier Milei y Luis Caputo. Foto: Oficina de Presidencia

El decreto, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo, autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a incluir cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales federales y estaduales de Nueva York.

Esta autorización implica que la República Argentina renuncia a oponer la defensa de inmunidad de jurisdicción ante eventuales reclamos producidos en dicha sede judicial vinculados a estos contratos.

Luis Caputo en Casa Rosada
El Gobierno oficializó que avanza en un préstamo de bancos por US$ 5.000 millones Foto: Noticias Argentinas

A pesar de la prórroga de jurisdicción, la normativa establece límites para resguardar el patrimonio nacional. El artículo 2 detalla que no habrá renuncia a la inmunidad de ejecución sobre una serie de bienes estratégicos, entre los que se destacan:

  • Cualquier reserva o cuenta del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
  • Bienes del dominio público situados en territorio argentino.
  • Bienes destinados a servicios públicos esenciales o declarados de utilidad pública por el Congreso.
  • Activos alcanzados por privilegios diplomáticos y consulares.
  • Bienes de carácter militar o bajo control de agencias de defensa y seguridad.
  • Bienes que formen parte de la herencia cultural de la Nación.
  • Impuestos y regalías adeudadas al Estado Nacional.

El Ministerio de Economía será el encargado de determinar los plazos, métodos y monedas para estas operaciones.

Asimismo, queda facultado para designar a las instituciones financieras participantes, suscribir acuerdos, pagar comisiones de mercado y contratar agentes fiscales o calificadoras de riesgo.