
Entre Ríos puso en marcha una reforma jubilatoria que modifica la edad de retiro, los aportes personales y la forma de calcular los futuros haberes. Los cambios alcanzan principalmente a empleados públicos provinciales y comenzarán a aplicarse en diferentes etapas.
La medida fue establecida mediante la Ley 11.302, que declaró la emergencia económica y financiera de la Caja de Jubilaciones y Pensiones provincial por dos años. Ese plazo podrá extenderse por otros dos si continúan los problemas que motivaron la reforma.
Por qué Entre Ríos modificó su sistema jubilatorio
El gobierno provincial fundamentó la reforma en el déficit de la Caja de Jubilaciones, estimado en alrededor del 30%. Uno de los principales inconvenientes es que la cantidad de beneficiarios aumentó más rápidamente que el número de trabajadores que realizan aportes.

La normativa alcanza a empleados de los tres poderes del Estado, organismos descentralizados y municipios y comunas adheridos al régimen provincial. La Caja seguirá bajo administración entrerriana y no será transferida a la Nación.
El objetivo oficial es aumentar los ingresos del sistema previsional y reducir progresivamente el desequilibrio financiero. Sin embargo, sindicatos y sectores opositores cuestionaron que parte del esfuerzo recaiga sobre trabajadores activos y futuros jubilados.
Cuándo aumentará la edad para jubilarse
Uno de los cambios más importantes es la suba gradual de la edad jubilatoria. Los requisitos actuales continuarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2030.
Desde enero de 2031, la edad aumentará de manera progresiva, en períodos de seis meses, hasta alcanzar:
- 60 años para las mujeres.
- 65 años para los varones.
El cronograma se completaría en 2036. Por lo tanto, quienes reúnan todos los requisitos antes de 2031 podrían jubilarse con las condiciones actuales. La situación dependerá de la edad, la cantidad de aportes acreditados y el régimen laboral de cada persona.
También se incrementarán gradualmente los años de servicios necesarios. La reforma prevé avanzar desde los 30 años de aportes actuales hasta un máximo de 35 años.
Quiénes deberán pagar el aporte extraordinario
La ley incorporó un aporte personal extraordinario del 3% para trabajadores estatales en actividad que perciban remuneraciones brutas mensuales iguales o superiores a $3 millones.

Quienes cobren por debajo de ese monto quedarán exceptuados. Este descuento se sumará al aporte previsional que ya se aplica sobre los salarios provinciales.
Las contribuciones patronales también tendrán un incremento general de tres puntos porcentuales. Para los organismos o municipios que no produzcan déficit previsional, la suba podrá reducirse al 1,5% mientras mantengan esa situación financiera.
Cómo se calcularán las futuras jubilaciones
La reforma también modifica el cálculo del haber inicial. Las nuevas prestaciones se determinarán sobre el 82% del promedio actualizado de las últimas 180 remuneraciones sujetas a aportes.
En la práctica, se analizarán los salarios correspondientes a los últimos 15 años laborales. Esto hará que las variaciones salariales registradas durante ese período tengan una mayor influencia en el monto de la jubilación.
Además, la ley incorpora modificaciones en la movilidad de las prestaciones y busca establecer un criterio común de actualización, sin diferenciar los aumentos según la actividad desarrollada.
Qué pasará con los docentes
Los docentes y otros trabajadores incluidos en regímenes especiales conservarán condiciones particulares. También continuarán existiendo tratamientos diferenciados para el personal penitenciario y determinadas tareas vinculadas con la atención de pacientes de salud mental.
Para acceder a esos beneficios será indispensable acreditar los años de servicio especial y los aportes adicionales correspondientes. Por ese motivo, se recomienda revisar que todos los períodos laborales estén correctamente registrados antes de iniciar el trámite.
Qué cambia en las pensiones por fallecimiento
La nueva normativa limita el carácter vitalicio de algunas pensiones. En ciertos casos, el beneficio para viudas, viudos o convivientes tendrá una duración relacionada con el tiempo del matrimonio o de la unión convivencial.
La pensión podrá extenderse por un plazo máximo de ocho años, aunque existirán excepciones según la edad del beneficiario, las circunstancias del fallecimiento y la existencia de hijos menores o personas con incapacidad.
Cómo saber si la reforma afecta una jubilación
Quienes estén próximos a jubilarse deberían controlar su edad al momento del trámite, los años de aportes reconocidos y el régimen aplicable a su actividad.
La suba de la edad comenzará en 2031, pero los nuevos aportes y otras disposiciones tendrán efectos más inmediatos. Solicitar un informe de servicios y detectar períodos faltantes será clave para evitar demoras o diferencias en el futuro haber.















