
El Monotributo tendrá su segunda recategorización del año este miércoles 5 de agosto ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Aquellos inscriptos en el régimen simplificado podrán actualizar su categoría en función de los ingresos y demás parámetros declarados a través de este trámite clave.
La recategorización definirá la cuota mensual que se pagará durante los próximos seis meses, de acuerdo con la facturación máxima que tuvo el contribuyente en el semestre previo junto a otros indicadores como el consumo de energía eléctrica, el nivel de alquileres devengados y la superficie destinada a la actividad.

¿Cómo hacer la recategorización del Monotributo?
- Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
- Seleccionar la opción “recategorizarme”, de modo que el sistema se encargará se informar la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro dentro de esa categoría.
- Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses y “confirmar categoría”.
- Finalmente, imprimir la nueva credencial.
¿Qué pasa si un contribuyente del Monotributo no hace su recategorización
Si un contribuyente no realiza el trámite de recategorización correcto este 5 de agosto, el ARCA puede aplicar una recategorización de oficio que se inicia al momento que el organismo detecta que los gastos del contribuyente superan el límite máximo de ingresos brutos anuales permitidos para la categoría en la que está inscripto.

En aquellos casos, el ARCA se encargará de notificar la decisión a través del domicilio fiscal electrónico.
¿Cuáles son las escalas de facturación de Monotributo para el mes de agosto?
- Categoría A: pasó de $10,28 a $12 millones;
- Categoría B: $15,05 millones a $17,6 millones;
- Categoría C: $21,4 millones a $24,7 millones;
- Categoría D: $26,2 millones a $30,6 millones;
- Categoría E: $30,8 millones a $36 millones;
- Categoría F: $38,6 millones a $45,2 millones;
- Categoría G: $46,2 millones a $54 millones;
- Categoría H: $70,1 millones a $81,9 millones;
- Categoría I: $78,4 millones a $91,7 millones;
- Categoría J: $89,8 millones a $105 millones;
- Categoría K: $108,3 millones a $126,6 millones.
Qué parámetros revisa ARCA para definir la categoría
Uno de los errores más comunes es creer que la categoría depende únicamente de la facturación. En realidad, ARCA evalúa cuatro parámetros principales:
- Ingresos brutos acumulados
- Alquileres devengados
- Superficie afectada a la actividad
- Energía eléctrica consumida durante los últimos doce meses.
Esto significa que una persona puede no haber aumentado demasiado sus ventas, pero quedar obligada a cambiar de categoría si, por ejemplo, aumentó el alquiler del local o cambió la superficie utilizada para desarrollar su actividad. Por eso, antes de confirmar la recategorización conviene revisar todos los datos y no sólo el total facturado.

El error que puede complicar a los monotributistas
Otro punto clave es cómo se calculan los ingresos. Para la recategorización se deben considerar los ingresos devengados, no necesariamente los efectivamente cobrados. Es decir, si una factura fue emitida dentro del período analizado, debe computarse aunque el pago se haya recibido más tarde.
También es importante verificar si la información sugerida por el sistema coincide con la realidad del contribuyente. La modalidad simplificada puede mostrar una categoría estimada, pero no siempre refleja todos los movimientos, como transferencias, cobros con posnet o billeteras virtuales.


















