
Para las trabajadoras de casas particulares registradas, la llegada de un hijo también pone en marcha una serie de trámites que resultan esenciales para conservar el empleo y mantener los ingresos durante la licencia. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó cómo debe completarse la gestión y qué responsabilidad tiene cada una de las partes.
El procedimiento comienza cuando la trabajadora comunica formalmente el embarazo a su empleador. Para hacerlo, debe presentar un certificado médico donde figure la fecha probable de parto. A partir de esa notificación se activa la protección contemplada por la Ley 26.844, que regula las relaciones laborales dentro del régimen de casas particulares y reconoce la estabilidad en el puesto durante la gestación y la licencia.
Cómo cargar la licencia por maternidad de empleadas domésticas en ARCA
La parte empleadora debe ingresar al portal de ARCA con su CUIT o CUIL y clave fiscal. Dentro del sistema, tiene que abrir el servicio “Personal de Casas Particulares”, seleccionar la relación laboral correspondiente y buscar la opción “Cargar licencias”. Allí deberá registrar el período por maternidad de acuerdo con las fechas informadas por la trabajadora. Cabe señalar que el organismo cuenta con una guía oficial de ocho pasos para completar la operación.
En tanto, la licencia tiene una duración total de 90 días corridos. La distribución habitual contempla 45 días anteriores a la fecha estimada de parto y otros 45 posteriores al nacimiento. La trabajadora puede optar por reducir el período previo, pero en el régimen de casas particulares este no puede ser inferior a 30 días.
En esa línea, los días restantes se trasladan al descanso posterior. En caso de nacimiento prematuro, el tiempo no utilizado antes del parto se acumula al período posterior hasta completar los 90 días previstos legalmente.

Quién paga durante los 90 días de licencia
Durante este período, la trabajadora conserva su empleo y puede acceder a la Asignación por Maternidad, una prestación de la seguridad social destinada a sustituir sus ingresos mientras no presta servicios.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informa que el beneficio cubre los 90 días de licencia y equivale a la remuneración correspondiente a ese período, siempre que se cumplan las condiciones exigidas. Por lo tanto, registrar la licencia en ARCA no completa automáticamente la solicitud: la trabajadora también debe gestionar la asignación ante ANSES.
Para solicitarla, la persona debe haber alcanzado al menos las 12 semanas de gestación y contar con una antigüedad mínima de tres meses en el empleo al momento de iniciar la licencia. En el caso del personal de casas particulares, se requiere completar la Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico, formulario PS 2.75, en sus rubros 1, 2, 3, 4, 5 y 6.
ANSES también puede solicitar la constancia de alta de la relación laboral y el formulario F.102/RT o un recibo de sueldo. Si existen varios empleadores registrados, será necesario acreditar cada vínculo laboral.
Dos trámites que no deben confundirse
La carga realizada por el empleador en ARCA sirve para declarar la licencia dentro de la relación laboral. La presentación ante ANSES, en cambio, permite solicitar el pago de la asignación. Aunque ambas gestiones forman parte del mismo proceso, una no reemplaza a la otra.
Antes de iniciarlas, conviene verificar que los datos personales, familiares y bancarios estén actualizados en Mi ANSES, revisar que la relación laboral figure activa y conservar copias del certificado médico y los formularios presentados. La solicitud de la prestación puede tramitarse de manera virtual o presencial con turno, según los canales habilitados por el organismo.



















