Trámites de jubilados
Trámites de jubilados Foto: Foto generada con IA

Designar un apoderado ante ANSES es un trámite esencial para quienes necesitan que otra persona gestione o cobre prestaciones previsionales en su nombre. En marzo de 2026, el organismo mantiene un procedimiento simplificado que permite avanzar con la autorización incluso sin turno previo, siempre que el apoderado sea un familiar directo. Esta herramienta resulta fundamental en situaciones de enfermedad, movilidad reducida o residencia en el exterior.

Jubilados Foto: Foto generada con IA

No solo familiares: los 4 grupos de personas que pueden ser apoderados ante ANSES

La normativa vigente en 2026 establece que el apoderado debe ser mayor de 18 años (o menor emancipado). A diferencia de lo que muchos creen, no solo los familiares directos pueden asumir este rol. Existen cuatro grandes grupos habilitados:

1. Familiares directos

Incluyen cónyuge, conviviente previsional, hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos y parientes por afinidad como suegros, yernos y nueras. Este es el grupo que permite hacer el trámite sin turno en la mayoría de los casos.

2. Representantes legales

Tutores, curadores, abogados o gestores registrados pueden ser designados para actuar en nombre del titular. Deben presentar documentación judicial o credencial profesional vigente.

3. Autoridades de instituciones

En situaciones de internación en hospitales, sanatorios o residencias de adultos mayores, el director o administrador puede ser autorizado para el cobro temporal de haberes.

4. Entidades bancarias habilitadas (para residentes en el exterior)

Personas que viven fuera del país pueden nombrar como apoderado al Banco Nación, Banco Piano, o entidades habilitadas para gestionar el giro de haberes.

Cobro de jubilación Foto: Foto generada con IA

Apoderados en ANSES: estos son todos los documentos y pasos a seguir para autorizar a un tercero en tus trámites

Para que la designación tenga validez legal, ANSES exige una serie de documentos y un proceso presencial sencillo pero obligatorio.

Documentación necesaria

El titular debe presentarse con:

  • DNI (original y copia) del titular y del apoderado.
  • Documentos que acrediten el vínculo, si es familiar (partida de nacimiento o matrimonio, según corresponda).
  • Formulario PS 6.4 – Carta Poder, que se completa en la oficina de ANSES. En caso de bancos, debe estar sellado por la entidad.
  • Certificado médico si el titular no puede firmar por impedimentos físicos.
  • Sentencia judicial, para tutores, curadores o representantes legales.

Paso a paso del trámite

  • Verificación de datos en Mi ANSES: antes de asistir, es clave revisar que los vínculos familiares estén actualizados. De no figurar, deben presentarse las partidas originales.
  • Presentación de la documentación: el agente revisará identidad, vínculo y requisitos específicos del tipo de apoderado.
  • Firma y certificación de la Carta Poder (PS 6.4): se certifica en el momento, dejando formalizada la designación.
  • Registro biométrico en Mi Huella: obligatorio tanto para el titular como para el apoderado para poder cobrar o realizar gestiones en bancos y tótems. Ambos pueden asistir en días distintos.