Si no voté en las elecciones del 22 de octubre, ¿puedo hacerlo en el balotaje?

La segunda vuelta por la presidencia de Argentina tendrá lugar el 19 de noviembre, pero ¿quiénes están habilitados para emitir su voto en el balotaje?

Por Canal26

Lunes 23 de Octubre de 2023 - 19:44

Elecciones, votación, urna, NA Elecciones en Argentina. Foto: NA

Más de 27 millones de personas votaron en las elecciones del 22 de octubre, lo que representa un 77,6% de los ciudadanos registrados en el padrón electoral. Esto significó la segunda concurrencia más baja en una elección general presidencial desde la vuelta de la democracia, en 1983.

Las elecciones 2023 coronaron a Sergio Massa y Javier Milei como los candidatos más votados, por lo que deberán dirimir en un balotaje, el 19 de noviembre, quién será el próximo presidente de los argentinos por los siguientes cuatro años. En este sentido, surge la pregunta: ¿las personas que figuraban en el padrón y no votaron, podrán hacerlo igualmente en la siguiente instancia?

Resultados generales infografía. Télam Resultados generales. Foto: Télam

La respuesta a esa pregunta es : todas aquellas personas que no hayan votado en las elecciones anteriores, deben presentarse igualmente en las siguientes. De esta forma, los ciudadanos que figuren en el padrón electoral vigente pueden ejercer su derecho aunque no lo hayan realizado en las elecciones del 13 de agosto y el 22 de octubre.

Sillón presidencial. Foto: casarosada.gob.ar

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¿Qué sucede si no voto?

Quienes no emitan su voto deberán justificar su accionar con un certificado válido ante la Secretaría Electoral correspondiente según el distrito, dentro de los 60 días posteriores a la elección. De lo contrario, quedarán inscriptos en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y tendrán que pagar una multa.

Multas por no ir a votar. Foto: Canal 26. Multas por no ir a votar. Foto: Canal 26.

La sanción económica va de $50 a $500, dependiendo de la cantidad de incumplimientos anteriores. Si la persona no vota en el balotaje ni paga la infracción, quedará impedida para realizar trámites en organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un año.

Igualmente, cabe destacar que aquellos ciudadanos de 16 y 17 años y los mayores de 70 años no tendrán consecuencias en caso de no querer ejercer su derecho, ya que en esos rangos etarios no es una obligación acudir a los comicios.

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