
El gobierno de Milei reglamentó los cambios en el régimen de Zona Fría, que otorga descuentos sobre el precio del gas natural y del propano distribuido por redes. A través de la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía de este este martes 27 de octubre, se estableció una bonificación del 50% para usuarios de la Patagonia, Malargüe y la Puna, además de un beneficio adicional del 20% para determinados hogares que reciben subsidios energéticos.
Quiénes mantienen el descuento del 50% en las tarifas de gas
Según la resolución publicada en el Boletín Oficial, los usuarios residenciales de la Patagonia, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna conservarán una bonificación del 50% sobre el precio del gas. El beneficio alcanza al gas natural y al gas propano indiluido distribuido por redes y también contempla determinadas categorías del Servicio General P en las áreas previstas por la normativa.
Sin embargo, existe una modificación importante respecto del sistema anterior: el descuento ya no se calcula sobre el total de la factura, sino sobre el componente correspondiente al gas consumido.
Esto significa que la reducción del 50% no necesariamente representará pagar la mitad de la boleta. Los cargos de transporte, distribución, impuestos y tasas quedan fuera de esa bonificación.

Quiénes pueden acceder al nuevo descuento adicional del 20%
La Secretaría de Energía también estableció una Bonificación Adicional por Zona Fría del 20% destinada a hogares incluidos en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) que cumplan determinadas condiciones.
Para acceder, los usuarios deben reunir los siguientes requisitos:
- Estar inscriptos en el régimen de subsidios energéticos focalizados.
- Tener el suministro en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la clasificación IRAM 11.603/12.
- No pertenecer a las regiones que reciben el descuento territorial del 50%.
- Cumplir al menos uno de los criterios socioeconómicos contemplados en la Ley 27.828.
Entre esos criterios figura que los ingresos netos conjuntos del hogar sean iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para una familia tipo 2, de acuerdo con los valores publicados por el INDEC.
La bonificación adicional se aplica sobre el Precio Anual Uniforme (PAU) del gas y únicamente sobre los consumos base previstos por el SEF. Es complementaria de los subsidios que correspondan a cada hogar y no equivale a una reducción del 20% sobre toda la factura.
Desde cuándo se aplican los cambios y cómo saber si corresponde el beneficio
La Ley 27.828 fue publicada el 13 de octubre de 2026, mientras que la Resolución 299/2026, que establece los procedimientos de aplicación, se publicó este martes 27. La reglamentación dispone que los nuevos descuentos alcancen los consumos comprendidos desde la entrada en vigencia de la reforma legal.
Para identificar a los beneficiarios del descuento adicional, la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética utilizará los datos del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), junto con la ubicación de cada suministro.

Con esa información se elaborará un padrón que será enviado al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE). Posteriormente, las distribuidoras deberán incorporar las bonificaciones correspondientes en las facturas.
La resolución no publica una lista definitiva de hogares ni una nómina completa de localidades beneficiadas. Por lo tanto, estar ubicado en una provincia alcanzada por el anterior régimen ampliado no garantiza conservar el mismo descuento.
La próxima instancia será la implementación del padrón y de los mecanismos de facturación. Los usuarios podrán verificar la aplicación del beneficio en el detalle de sus próximas boletas de gas.

















