El Gobierno busca que los ciudadanos vuelquen los llamados dólares del colchón en el circuito formal de la economía argentina mediante una reforma al régimen de Inocencia Fiscal que será enviada al Congreso para su tratamiento en los próximos días. De esta forma, el oficialismo buscará modificar la versión original de la ley aprobada en diciembre del 2025, luego de recibir un bajo nivel de adhesión.
Este nuevo esquema surgió a partir de reuniones entre el equipo económico del Gobierno, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y especialistas tributarios con el objetivo de hacer que más contribuyentes accedan al régimen y que existan mayores certezas legales a quienes decidan blanquear sus activos.

¿Cuáles son los cambios a la Ley de Inocencia Fiscal?
Eliminación de los topes de adhesión
Hasta el momento, solo podían ingresar al régimen de Inocencia Fiscal aquellos que cumplan de manera simultánea tres condiciones:
- Que sus ingresos no superen los $1000 millones anuales
- Que el patrimonio total no supere los $10.000 millones
- Que el contribuyente no califique como gran contribuyente para el ARCA.
En este sentido, la nueva propuesta hace que el régimen quede abierto para todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, sin distinción de patrimonio ni de ingresos. La única salvedad se refiere que los Grandes Contribuyentes adhieran a la “modalidad simplificada” pero no a las presunciones ni a los demás beneficios que prevé la ley.

Presunción de exactitud del contribuyente
El fisco puede romper la presunción de exactitud del contribuyente a partir de un piso: aunque se supere el 15% sobre lo declarado, la presunción se mantiene si la diferencia reclamada no supera los $5 millones.
Hasta el momento, la presunción de exactitud se rompía de manera automática si la impugnación de ARCA implicaba un incremento del 15% o más sobre lo declarado; lo que en algunos casos era una diferencia nominal mínima con una consecuencia desproporcionada.
Rectificación no automática
Mientras que la ley vigente funciona si nota una diferencia significativa en los ingresos del contribuyente, el nuevo proyecto cambia la lógica ya que permite la presentación de una declaración jurada rectificativa para pagar la diferencia sumada a los intereses correspondientes, dentro de los 15 días hábiles de notificado. Si cumple con ese plazo, no pierde los beneficios del régimen.

Mecanismo de reintegro acelerado
En el caso en el que el contribuyente rectifique la declaración y pague el ajuste para no perder los beneficios y la Justicia luego revoque la impugnación de ARCA, se le reestablece por completo la presunción de exactitud. En este sentido, el organismo queda obligado a reintegrar los montos pagados, con intereses, en un plazo no mayor a 45 días hábiles desde la notificación de la resolución firme.
El Ministerio de Economía afirmó que los cambios apuntan a robustecer la seguridad jurídica y dar la confianza suficiente a los contribuyentes para que elijan formalizar el dinero que hoy tienen fuera del sistema.



















