
El Gobierno presentará este miércoles el nuevo proyecto de Ley de Inocencia Fiscal en el Ministerio de Economía, con la presencia de Luis Caputo y distintos representantes de las cámaras del sector. El objetivo principal de la medida es atraer y formalizar un mayor ingreso de los llamados “dólares del colchón”; aquellos que no están declarados o formalizados por las personas.
La semana pasada, Caputo volvió a reunirse con un grupo de contadores y tributaristas para terminar de definir los cambios que incluirá el nuevo proyecto. Entre los principales planteos que recibió el funcionario figuró la postergación del plazo para presentar la declaración jurada. Horas más tarde, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el 27 de agosto la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, aunque mantuvo sin cambios la fecha de vencimiento para el pago.

“La idea del Gobierno, por temas recaudatorios, era que no hubiera prórroga y que se rectificara después por el régimen simplificado a los que entraban luego con la modificación a la ley. Salió una prórroga de la declaración y no del pago: en mi humilde opinión, bastante bueno (de última se pagará con resarcitorios)”, sostuvo el contador Alejandro Rosenfeld, uno de los que participó del encuentro con Caputo.
Sin embargo, esta postergación no favoreció la recaudación en las cuentas públicas. Si bien cerró el primer semestre con un superávit, durante junio registró déficit primario y financiero.
¿Cuáles son los principales cambios en el Régimen Simplificado de Ganancias?
Dos de los cambios que impulsa el Gobierno recaen sobre el Régimen Simplificado de Ganancias y tienen discrepancias significativas.
En el primero, de la norma actual, se crea un régimen por el cual los contribuyentes que adhieran quedan “blindados para siempre”.
La crítica surge cuando se observan las condiciones: los ingresos anuales no pueden superar los $1.000 millones y el patrimonio total no puede estar por encima de los $10.000 millones, por lo que los grandes patrimonios quedan excluidos y, junto a ellos, mayores cantidades de dólares fuera del sistema financiero.
La segunda se basa en el límite legal que invalida la presunción de exactitud de la declaración del contribuyente.
Es decir, si ARCA detecta una diferencia mediante una impugnación que supere el 15% de los saldos declarados o que sea mayor a $100 millones, el fisco derriba el beneficio de la Inocencia Fiscal, quitando el tapón impositivo y la prescripción corta.
Ante esto, se busca agrandar el margen porcentual y, en caso de detectar un error, ARCA permitiría rectificar la declaración jurada y pagar la diferencia antes de que se inicie una investigación.
El nuevo proyecto contará con algunas de las modificaciones propuestas por distintos contadores y tributaristas -entre ellos Rosenfeld, César Litvin, Miriam Roldán y Sonia Becherman- que participaron de los encuentros.
¿Hasta cuándo se puede presentar la declaración jurada de Ganancias?
Con la nueva resolución, ARCA fijó el 27 de agosto de 2026 como fecha límite para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La prórroga alcanza a:
- Personas humanas.
- Sucesiones indivisas.
- Contribuyentes del régimen general.
- Adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

El organismo explicó que la medida responde a “razones de administración tributaria” y tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.



















