Iban a viajar a Cancún para una boda, les cancelaron el vuelos y la Justicia ordenó una indemnización millonaria

La familia afectada nunca fue informada oficialmente de la cancelación ni tampoco obtuvieron una solución. Ahora la Justicia exigió pagar un resarcimiento económico a los afectados del vuelo.

Una aerolínea deberá pagar una indemnización por cancelación de vuelos
Una aerolínea deberá pagar una indemnización por cancelación de vuelos Foto: Unsplash.
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La Justicia condenó a una aerolínea internacional a indemnizar a una familia, luego de que se les cancelaran los vuelos que habían contratado para ir a Cancún y asistir a un casamiento. El fallo fue dictado en marzo de 2026 por el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N.º 10 y exige un monto elevado.

Según la sentencia, los demandantes habían adquirido en abril de 2022 seis pasajes aéreos para viajar desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza hacia Cancún, México, con una escala prevista en Brasilia. El valor total de la operación fue de $670.786. Sin embargo, en octubre de ese año, tomaron conocimiento que los tramos entre Brasilia y Cancún habían sido cancelados.

De acuerdo con la demanda, la aerolínea no les informó oficialmente sobre la suspensión del servicio ni les ofreció alternativas equivalentes para concretar el viaje programado.

Avión, aerolínea, vuelo, viaje. Foto: Unsplash.

Durante el proceso judicial, la empresa reconoció que los vuelos fueron cancelados debido a una reestructuración de rutas y una reducción de operaciones. También sostuvo que había ofrecido devolver el dinero abonado por los pasajes. No obstante, los pasajeros decidieron rechazar la propuesta al considerar que el reintegro ofrecido no cubría los costos de un nuevo nuevo con características similares.

Además, en la demanda presentada reclamaron los perjuicios ocasionados por la imposibilidad de asistir al evento para el que habían organizado el viaje.Y aunque ésta fue rechazada por la aerolínea al plantear que su responsabilidad debía analizarse bajo las limitaciones previstas por los convenios internacionales que regulan el transporte aéreo, la Justicia la denegó. Cuánto deberá pagar la empresa a la familia indemnizada

La resolución reconoció el derecho de los pasajeros a recuperar la totalidad del dinero desembolsado por los pasajes y, además, otorgó una indemnización por daño moral.

Según el juez, la cancelación de los vuelos, la falta de respuestas y la incertidumbre generada provocaron molestias y trastornos suficientes para justificar una compensación económica adicional.

Por este concepto se fijó una indemnización de $550.000, distribuida entre los integrantes de la familia. De esta manera, la condena total alcanzó los $1.270.786, sin contar los intereses que deberán calcularse desde la audiencia de mediación hasta el efectivo pago.

Además, la demanda también había sido dirigida contra una agencia de viajes vinculada a la operación. Sin embargo, la empresa solicitó ser excluida del proceso al sostener que no había tenido una relación directa con los pasajeros y que su participación había sido únicamente mayorista.

La familia recibirá el dinero de los pasajes. Foto: Unsplash.

La decisión de la Justicia: Los pasajeros deberán ser indemnizados

El magistrado consideró acreditado que la cancelación de los vuelos fue una decisión unilateral de la aerolínea y concluyó que los pasajeros no recibieron información clara ni precisa sobre la modificación del servicio contratado.

La sentencia destacó que la relación entre las partes se encuentra alcanzada por la Ley de Defensa del Consumidor, que obliga a las empresas a brindar información adecuada y a garantizar condiciones de seguridad y previsibilidad en la prestación de los servicios. Además, el fallo también indicó que ante la cancelación de un vuelo, los pasajeros tienen derecho a exigir la restitución del dinero abonado por el ticket, la prestación de un servicio equivalente o directamente la rescisión del contrato en condiciones que no los perjudiquen.

Además, el juez señaló que la empresa no restituyó los importes pagados ni realizó una consignación judicial de esos fondos, conducta que consideró un incumplimiento de sus obligaciones contractuales.