
PAMI mantiene disponible el servicio de traslados programados en ambulancia o móvil sanitario para afiliados que necesitan asistir a consultas, estudios o tratamientos y no pueden movilizarse por sus propios medios. La prestación requiere indicación médica, turno confirmado y una gestión previa que debe realizarse con anticipación.
A diferencia de una emergencia, este beneficio está pensado para situaciones médicas planificadas. Es decir, para personas que ya tienen una fecha asignada para atenderse, realizarse una práctica o continuar un tratamiento, pero necesitan asistencia especial para llegar al centro de salud.
Quiénes pueden pedir un traslado programado de PAMI
El servicio está dirigido a personas afiliadas a PAMI que, por su condición de salud, se encuentran imposibilitadas de trasladarse por sus propios medios. No se trata de un reemplazo del transporte particular ni de un servicio para urgencias, sino de una cobertura médica específica para casos justificados.
Según la información oficial, el trámite puede realizarlo la persona afiliada, un familiar o su apoderado, siempre que se presente la documentación correspondiente y se respete el plazo mínimo de solicitud.
Este punto es clave: para pedir una ambulancia de PAMI no alcanza con tener dificultades para viajar, sino que debe existir una orden del médico tratante que indique la necesidad del traslado y detalle las condiciones requeridas.
Documentación necesaria para solicitar la ambulancia
Para iniciar el trámite, PAMI solicita una serie de documentos básicos. Entre ellos se encuentran el DNI, la credencial de afiliación, la orden de traslado emitida por el médico tratante, el turno asignado y el Formulario de Solicitud de Traslado Programado, donde el profesional debe especificar la condición del traslado y los requerimientos técnicos.
Además, cuando el traslado supera los 30 kilómetros, puede requerirse una Orden de Prestación, aunque esta condición no aplica para CABA y Gran Buenos Aires según la guía oficial del organismo.
En los casos de traslados con médico u oxígeno en CABA y GBA, PAMI exige realizar la solicitud en la Agencia o Unidad de Gestión Local correspondiente, con DNI, credencial, formulario médico, turno asignado y resumen de historia clínica.
Cómo pedir un traslado programado en CABA, GBA y Rosario
En Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gran Buenos Aires y Rosario, el afiliado primero debe contar con el turno médico confirmado. Luego, puede gestionar el traslado por distintas vías: por teléfono, a través de la web de PAMI o de manera presencial en la agencia correspondiente.
La línea habilitada para confirmar traslados es el 0800-222-0381, disponible de lunes a viernes de 7 a 15 horas. Una vez validado el pedido, el servicio queda coordinado para la fecha indicada.
También existe la opción de iniciar el trámite desde el sitio web de PAMI o acercarse personalmente con la solicitud firmada por el médico de cabecera o tratante. Si la gestión se realiza por canales digitales, la confirmación puede llegar por correo electrónico y, si falta algún dato, un agente puede comunicarse con el teléfono informado.
Con cuánta anticipación hay que solicitar el traslado
Uno de los requisitos más importantes es el plazo. PAMI indica que el trámite puede realizarse dentro de los 30 días previos al primer turno, pero siempre con un mínimo de 48 horas hábiles laborables de anticipación.
Esto significa que no conviene esperar hasta último momento. Para evitar rechazos, demoras o problemas de coordinación, lo recomendable es reunir toda la documentación apenas se confirma el turno médico.
Qué pasa en el resto del país
Para las personas afiliadas que viven fuera de CABA, GBA y Rosario, la modalidad cambia. En el resto del país, la solicitud debe realizarse directamente con el prestador de ambulancias asignado en la cartilla médica.
En todos los casos, el pedido y la confirmación deben hacerse con una anticipación mínima de 48 horas hábiles. Si el traslado supera los 30 kilómetros de recorrido, puede ser necesaria una autorización previa de PAMI antes de coordinar el servicio.
Cuándo el traslado necesita médico a bordo
No todos los traslados requieren la presencia de un médico dentro de la ambulancia. Esa necesidad debe ser indicada por el profesional tratante, especialmente cuando el afiliado necesita control durante el viaje, oxígeno, monitoreo o asistencia por riesgo clínico.
En esos casos, el trámite suele requerir más documentación y una gestión presencial ante la Agencia o UGL correspondiente. Por eso, si la orden médica menciona traslado con médico u oxígeno, es fundamental consultar previamente en PAMI para evitar errores en la solicitud.
Paso a paso para no equivocarse
- Confirmar el turno médico para la consulta, estudio o tratamiento.
- Pedir al médico tratante la orden de traslado y el formulario correspondiente.
- Reunir DNI, credencial PAMI y documentación médica.
- Solicitar el traslado con al menos 48 horas hábiles de anticipación.
- En CABA, GBA y Rosario, llamar al 0800-222-0381, hacer el trámite web o concurrir a la agencia.
- En el resto del país, comunicarse con el prestador asignado en la cartilla médica.


















