
Lo que empezó como una simple queja de huéspedes en Airbnb y Google por un departamento turístico en España terminó en un escándalo judicial. Una pareja, disconforme con el alojamiento y el servicio recibido durante un fin de semana, publicó comentarios negativos en ambas plataformas. Pero la reacción del hijo de los dueños fue mucho más allá de una respuesta habitual: los atacó públicamente en internet y desató una batalla legal.
El hombre utilizó Linkedin para publicar mensajes en los perfiles de las empresas donde trabajaban los huéspedes. En uno de esos posteos, llegó a calificar al hombre de la pareja como “estafador” y pidió que no confiaran en él. También escribió que tanto la mujer como su marido no eran personas de fiar. Las publicaciones, que se repitieron al menos cuatro veces, estuvieron visibles durante casi dos meses.
Además, el hijo de los propietarios dejó comentarios negativos sobre las empresas de los huéspedes en Google Maps, recomendando tener cuidado con la compañía y asegurando que sus empleados mentían. Ante el daño a su imagen, la pareja decidió llevar el caso a la Justicia.

El fallo judicial y la indemnización
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Badalona determinó que los comentarios del hijo de los dueños vulneraron el derecho al honor de la pareja. En primera instancia, lo condenó a pagarles 30.000 euros, además de ordenar que eliminara las publicaciones y difundiera el encabezado y el fallo de la sentencia en los mismos medios donde había realizado los ataques.
El hombre apeló la decisión, pero la Audiencia Provincial de Barcelona confirmó que existió una intromisión ilegítima en el derecho al honor de los huéspedes. Sin embargo, el tribunal redujo la indemnización a 10.000 euros.
Los argumentos del tribunal y las consecuencias
Los magistrados consideraron que llamar “estafador” a uno de los huéspedes y advertir que la pareja no era de fiar constituyó un ataque directo a su reputación. También remarcaron que el intento del propietario de lograr que se retiraran las reseñas negativas no justificaba el uso de esas expresiones.
Para bajar el monto de la indemnización, el tribunal tuvo en cuenta que los mensajes estuvieron publicados menos de dos meses y que, aunque pudieron ser vistos por muchas personas, no se acreditaron daños concretos. La sentencia mantuvo el resto de las medidas ordenadas en primera instancia.













