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La Corte Suprema revocó un fallo laboral que había aumentado una indemnización sin que el trabajador lo pida

El máximo tribunal dejó sin efecto una resolución de la Cámara del Trabajo que había elevado el monto a pagar por una ART.

Encabezó su primera reunión como ministro de Justicia.
Encabezó su primera reunión como ministro de Justicia. Foto: Cuenta de Twitter del Ministerio de Justicia
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había aumentado de manera sustancial la indemnización que debía abonar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) a un empleado por un accidente laboral a pesar de que el propio demandante no había apelado el monto inicial ni solicitado dicho incremento. El fallo del máximo tribunal llevó la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

El expediente se originó tras la demanda del técnico electricista Sergio Pagani contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.. En agosto de 2017, el trabajador sufrió una caída desde una escalera mientras instalaba un circuito de cámaras en una concesionaria, lo que posteriormente derivó en un diagnóstico de rotura de meniscos.

Tras la intervención de la Comisión Médica Nº 10, que le asignó un 5% de incapacidad, Pagani recurrió a la vía judicial. En primera instancia, el juez de la causa le reconoció un 16% de incapacidad laboral permanente y fijó un resarcimiento de $240.585 más intereses.

Horacio Rosatti, presidente de la Corte Suprema.
Horacio Rosatti, presidente de la Corte Suprema.

Inconforme con la fórmula aplicada para calcular los intereses, la ART fue la única parte que presentó un recurso de apelación contra el fallo de grado. Sin embargo, al analizar el expediente, la Sala II de la Cámara del Trabajo consideró que la cifra resultante (que ascendía a unos $994.405 con intereses) resultaba “insuficiente” y vulneraba el régimen tarifario especial al perforar los pisos mínimos.

Sin que el trabajador hubiera apelado, el tribunal de alzada decidió aplicar de oficio las actualizaciones fijadas por la resolución 51/2022 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y elevó el monto de la condena a $1.619.177,84 más intereses. Ante esta resolución, la aseguradora presentó un recurso extraordinario bajo el argumento de que la sentencia resultaba arbitraria, vulneraba el derecho de defensa y violaba el principio procesal que impide modificar un fallo en perjuicio del único apelante.

Al evaluar el caso, la Corte Suprema dio la razón al reclamo de la aseguradora al confirmar la existencia de una reformatio in peius, la regla procesal que prohíbe a un tribunal de segunda instancia empeorar la situación del apelante cuando es la única parte que recurre la sentencia.

Justicia; juicio. Foto: Pixabay.

“Tal como surge de la reseña, la alzada ha colocado a la única apelante en una peor situación que la resultante del pronunciamiento de primera instancia, violando el límite de su competencia, circunscripto a las cuestiones controvertidas”, indicaron los integrantes del máximo tribunal.

Es por eso que los jueces determinaron que la decisión de la Cámara no constituía una derivación razonada del derecho vigente sobre las circunstancias probadas en la causa, descalificaron la sentencia apelada y ordenaron remitir las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.

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