
Tras la publicación del Decreto 478/2026 en el Boletín Oficial que autoriza operaciones de crédito público por hasta US$ 5.000 millones con prórroga de jurisdicción a favor de Nueva York, Luis Caputo salió al cruce de los cuestionamientos. El ministro de Economía aclaró que la medida no representa un nuevo endeudamiento, sino una estrategia de refinanciación a tasas más bajas para achicar los costos del Tesoro Nacional.
El funcionario explicó el alcance del Decreto 478/2026 publicado en el Boletín Oficial que habilita al Gobierno a realizar operaciones de toma de deuda pública por un monto de hasta US$ 5.000 millones con prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales federales y estatales de Nueva York.
Ante las repercusiones de la medida, el titular del Palacio de Hacienda utilizó sus redes sociales para responder el cuestionamiento de un ciudadano argentino en Twitter, quien lo había acusado de generar un nuevo endeudamiento para el país “por US$ 5.000 millones bajo ley yanqui”. “No es nueva deuda, sino refinanciamiento, y al 6% de tasa. O sea, un ahorro enorme para los argentinos versus las tasas a las que ustedes endeudaron al país”, sostuvo Caputo.
En esa misma línea, apuntó contra la “herencia recibida” y acusó al gobierno anterior de endeudar a la Argentina “por US$ 177.000 millones, a tasas del 45% en dólares hasta el 2030”. Sumado a eso, remarcó la gestión fiscal del oficialismo al indicar que el Gobierno ya canceló deuda por US$ 20.000 millones, logro que atribuyó a las políticas de ajuste “porque cerramos un déficit consolidado de 15 puntos del PIB (Producto Interno Bruto) que heredamos del gobierno anterior”.
De acuerdo con los detalles técnicos que figuran en el Boletín Oficial, el objetivo central de la medida aprobada este lunes 22 de junio es reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional a través de préstamos con entidades financieras internacionales, los cuales contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.
Para concretar estos contratos, el decreto autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a ceder jurisdicción judicial. Esto implica que la Argentina renuncia a oponer la defensa de inmunidad de jurisdicción ante eventuales reclamos en los Tribunales de Nueva York, aunque el texto oficial establece límites específicos destinados a resguardar el patrimonio nacional.














