La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó a través del Boletín Oficial la salida del mercado de este producto, además de los motivos.
Por Canal26
Viernes 13 de Junio de 2025 - 13:17
Tomates, salsas. Foto: Pexels.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una prohibición en las últimas horas que rige sobre una reconocida salsa de tomate. El anuncio se hizo oficial a través del Boletín Oficial de este viernes.
En la disposición 3801/25 se indicó la prohibición sobre la elaboración, fraccionamiento y venta de este producto, que rige tanto en el todo el territorio nacional y las plataformas de venta online.
ANMAT. Foto: NA.
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Se trata de la "salsa de tomate libre de gluten, marca Profecía, elaborado y envasado por: JARAMA S.R.L., RNE N° 18000790, RNPA N° 18005316, Av. Libertador Gral. San Martin 2337 (Este) Santa Lucía, San Juan, Argentina".
Según explicaron desde la ANMAT, la medida contra este producto rige sobre "cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo la marca y los registros sanitarios que pertenecen a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
Salsa de tomate prohibida por ANMAT y la comparación con el producto verdadero. Foto: ANMAT.
Como ocurre en estos casos, al tratarse de rótulos falsos, no se puede comprobar de qué están hechos ni el proceso de elaboración. En este caso, tiene mayor delicadeza en el consumo al presentarse como un producto sin gluten.
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Además de la salsa de tomate mencionada, la ANMAT indicó una prohibición sobre un aceite de oliva, por motivos similares.
El producto afectado es "aceite de oliva y extra virgen marca Rioja Oliva, Elaborado y Envasado por J. Fernández S.A, Nonogasta/ La Rioja, RNPA: 12007380 - RNE: 12004618".
Aceite de oliva prohibido por ANMAT. Foto: ANMAT.
La medida está vigente sobre cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. El motivo es la falta de registros sanitarios de establecimiento y producto, mientras que el rótulo era falso, con números de RNE y RNPA inexistentes.
Y aclararon: "se prohíbe también la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el número de RNE 12004618 y/o el número de RNPA 12007380, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de RNE y/o RNPA inexistentes".
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