"El accionar policial no se ajustó a las reglas de razonabilidad y respuesta progresiva que lo rigen, pues atentaron injustificadamente contra la vida de los menores y dieron muerte a uno de ellos, dirigiendo además posteriormente sus conductas a enmascarar y dar visos de legalidad a los actos que las precedieron", sostiene el fallo.
Por Canal26
Martes 28 de Diciembre de 2021 - 17:53
La Cámara del Crimen porteña confirmó los procesamientos contra los tres policías acusados de asesinar al joven futbolista de Barracas Central Lucas González el 17 de noviembre pasado en el barrio porteño de Barracas.
"El accionar policial no se ajustó a las reglas de razonabilidad y respuesta progresiva que lo rigen, pues atentaron injustificadamente contra la vida de los menores y dieron muerte a uno de ellos, dirigiendo además posteriormente sus conductas a enmascarar y dar visos de legalidad a los actos que las precedieron", sostiene el fallo.
Los jueces Ignacio Rodríguez Varela y Marcelo Lucini confirmaron los procesamientos por "homicidio agravado" contra los policías de la Ciudad Gabriel Alejandro Isassi, Juan José Nieva y Fabián Andrés López, quienes permanecen detenidos desde dos días después de los hechos.
El tribunal rechazó el argumento de la defensa de los tres imputados, a cargo del abogado Alfredo Oliván, quien había argumentado que sus clientes actuaron ante un "agresión ilegítima" por parte de los cuatro jóvenes, tres los cuales sobrevivieron al ataque policial.
"Ninguna de las constancias incorporadas a la causa avala en lo más mínimo ese relato inicialmente alegado por los encartados para pretender justificar su accionar", dijeron los camaristas.
"Los registros fílmicos de los domos emplazados en los puntos recorridos por ambos rodados no exhiben, ni sugieren, ningún tipo de conducta o maniobra de tránsito por parte de los damnificados que pudiera justificar detenerlos para su identificación", añadieron.
La defensa de los tres policías adujo que "habrían visto el rodado en el que viajaban las víctimas realizando maniobras de tránsito que calificaron como irregulares, deteniéndose luego en una ochava pese a tener espacio para estacionar correctamente".
"Alegaron que ese comportamiento generó sospechas suficientes para interceptarlos con fines de identificación, lo cual no fue posible en tanto el vehículo aludido se les vino encima para evadirlos y por ello efectuaron disparos para repeler esa agresión", insistió la defensa.
En ese contexto, intentó justificar que los tres acusados "sólo atinaron a defenderse de un ataque ilegítimo de los damnificados y que, en todo caso, se enmarcaría en el cumplimiento de su deber como policías ante una situación de peligro y su obligación de contenerla".
Pero el tribunal replicó que "las víctimas no realizaron conducta alguna que pudiera fundar sospechas sobre la posible comisión de un delito y justificar la decisión de interceptar el rodado y detener a sus ocupantes". Además, "los funcionarios contaron con tiempo y margen de actuación suficiente para identificar en ese momento a los menores, de haber sido esa realmente su intención como alegaron".
La Cámara también confirmó la prisión preventiva para los tres, argumentando que "cabe también presumir la existencia de riesgo de presión a los damnificados y sus familiares, así como a los testigos que deban declarar en un eventual juicio, sobre todo si se tiene en cuenta la relación de poder, recursos y condiciones personales entre víctimas y victimarios, integrantes de una fuerza de seguridad".
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