Desalojo en 20 días para inquilinos que no paguen y restitución en 5 para usurpadores: el debate que llega al Senado

El oficialismo apura las negociaciones contrarreloj para tratar este jueves 16 de julio el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. Entre las reformas más discutidas que impulsó el Ejecutivo, se destacan el desalojo exprés por falta de pago y un proceso de cinco días para desocupar tierras usurpadas. Conocé todos los detalles de la ley y las posturas en juego.

Alquileres
Alquileres Foto: Foto generada con IA
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El oficialismo apura las conversaciones en la Cámara de Senadores con el objetivo de llegar al próximo jueves 16 de julio con los votos necesarios para darle media sanción al Proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. La iniciativa, impulsada fuertemente por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, llegará al recinto tras haber pasado por trece versiones previas y modificaciones consensuadas con los bloques dialoguistas.

El poroteo en la Cámara Alta se mantiene al rojo vivo y el resultado final es de pronóstico reservado. En los pasillos del Senado, aseguraron que “todavía no están los votos” y advirtieron que, si bien La Libertad Avanza afirma contar con el número necesario, el escenario es “muy finito: si alguien de los socios no viaja, se cae”, de acuerdo a lo informado por Infobae.

Desalojo exprés: el nuevo esquema para inquilinos que no paguen

El capítulo referido a los alquileres habitacionales es uno de los que mayor debate genera, ya que establece un mecanismo ultra veloz para desocupar propiedades ante incumplimientos comerciales:

  • Intimación previa: ante la falta de pago, el propietario deberá intimar al inquilino por un plazo mínimo de 10 días corridos (una ampliación frente a los 3 días que proponía el texto original del Ejecutivo) para que regularice su deuda. La notificación podrá realizarse en el domicilio fijado en el contrato o vía correo electrónico.
  • Juicio en 10 días: si el inquilino no paga tras la intimación, el propietario quedará habilitado para iniciar la demanda de desalojo, la cual se tramitará en un plazo máximo de 10 días hábiles.
  • Límite de pruebas: para evitar maniobras dilatorias por parte de la defensa del inquilino, la Justicia solo admitirá pruebas de carácter documental y pericial.

Quienes se oponen firmemente a esta medida, alertaron sobre el impacto social de la norma. Señalaron que la ciudadanía atraviesa un proceso de marcada pérdida de ingresos y del poder adquisitivo debido a paritarias por debajo de la inflación y fuertes aumentos en las tarifas de los servicios públicos, lo que podría desatar una ola de desalojos en aglomerados urbanos donde el porcentaje de inquilinos es muy elevado.

Sesión en el Senado del jueves 4 de junio
Uno de los proyectos que trata la Cámara Alta sesiona es el de propiedad privada, que elimina las restricciones para que los empresarios extranjeros puedan comprar tierras rurales y contempla los desalojos “exprés” de aquellas viviendas o terrenos que hayan sido usurpadas Foto: Noticias Argentinas

Usurpaciones: restitución del inmueble en 5 días

Para los casos de ocupaciones ilegales y de tenedores precarios, como asentamientos o barrios populares, el proyecto introdujo un proceso con plazos drásticamente reducidos:

  • Devolución anticipada: el juez interviniente podrá ordenar la restitución anticipada del inmueble en un plazo de 5 días bajo caución juratoria, siempre y cuando considere que el derecho invocado por el propietario es verosímil.
  • Identificación obligatoria: dentro de las primeras 72 horas de la primera providencia judicial, se deberá realizar un reconocimiento en el lugar para identificar con nombre, apellido y DNI a todos los ocupantes, tarea que contará con la asistencia obligatoria del Defensor Oficial.
  • Regularización de dominios: en paralelo, para los casos de regularización de dominios de vivienda única y permanente, la ley exigirá acreditar de forma fehaciente la posesión pacífica, ostensible y continua del inmueble durante al menos 10 años, contemplando una previsión especial para pequeños agricultores familiares.

Compra de tierras por extranjeros y cambios en la Ley de Fuego

Más allá de la polémica por los desalojos, el paquete de leyes enviado por el Ejecutivo nacional incluye otras reformas de gran impacto económico y ambiental:

  • Extranjerización de tierras: se elimina por completo el límite del 15% del territorio nacional para la compra de tierras por parte de capitales extranjeros, delegando en cada provincia la facultad de fijar sus propias restricciones. Asimismo, se suprime el tope de 1.000 hectáreas que regía en la codiciada zona núcleo agropecuaria.
  • Tierras en zona de frontera: se habilita la compra de campos en áreas fronterizas para capitales extranjeros mediante un sistema de doble autorización (provincial y nacional). Si el trámite no es rechazado en un plazo de 180 días, operará el “silencio administrativo positivo”, quedando el comprador como propietario de pleno derecho.
  • Excepciones estatales: se mantiene la prohibición de compra para Estados extranjeros o empresas con participación estatal extranjera, salvo que obtengan una autorización explícita de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional.
  • Modificación de la Ley de Fuego: el proyecto de La Libertad Avanza deroga parcialmente la norma impulsada en su momento por Máximo Kirchner. De aprobarse, se eliminará la restricción de 30 años para cambiar el uso de suelo en superficies que hayan sufrido incendios en zonas agropecuarias, praderas, pastizales y áreas periurbanas. No obstante, se mantendrá la veda estricta de 60 años para humedales y bosques nativos.